El Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria condena a un hombre a una pena de prisión por matar al perro de su expareja
Fuentes:
Esta sentencia marca un hito en España para el reconocimiento jurídico del valor de los animales de compañía, su consideración como seres vivos dotados de sensibilidad y su protección ante el maltrato.
Es relevante en el plano de la defensa de los derechos de los animales porque sirve como un precedente judicial que reconoce formalmente que la muerte violenta de un animal de compañía no solo constituye un delito de maltrato animal, sino que puede formar parte de patrones más amplios de violencia psicológica y emocional -violencia de género y violencia vicaria en este caso - obligando a una respuesta penal y social más firme, especialmente cuando están integrados en estructuras familiares afectivas.
Destacaríamos los siguientes puntos dentro del contenido de la noticia:
1. Encaje en la legislación sobre maltrato animal
Desde la reforma del Código Penal (especialmente tras la modificación de 2023 con la Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de maltrato animal), el maltrato animal está tipificado como delito cuando se causa la muerte o lesiones graves a un animal doméstico o de compañía.
También la reforma del artículo 333.bis del Código Civil de España, en sus apartados 1 y 2, reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad y seres sintientes. En un ámbito supranacional, el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) habla de los animales como seres sensibles.
Además, en 2023 entró en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los derechos y el bienestar de los animales, que refuerza la idea de que los animales son seres sintientes dotados de sensibilidad y no simples bienes materiales. Esto significa que jurídicamente ya no se les trata como objetos o bienes materiales -cosas-, sino como seres con capacidad de sentir y de sufrir, lo que exige una protección reforzada.
2. Valorización del vínculo afectivo entre personas y animales
Los animales de compañía ya no son vistos simplemente como "objetos" o bienes materiales, sino como seres con significado emocional real, es decir, como seres sintientes dotados de sensibilidad.
El fallo al que se refiere la noticia reconoce que el ataque a un animal querido puede infligir un daño psicológico grave tanto a la víctima humana como a la comunidad, elevando la relevancia de la integridad del animal. Esto supone una interpretación novedosa del delito contra los animales y el uso de la ley para proteger su bienestar cuando están integrados en estructuras familiares afectivas.
3. Reconocimiento judicial de la muerte de un animal como violencia intencionada
La decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria no trató este hecho únicamente como un caso de maltrato animal, sino que consideró que la mascota fue asesinada deliberadamente para causar sufrimiento emocional y psicológico a la pareja.
Aquí entra el concepto de violencia vicaria, que en España se integra dentro de la violencia de género: consiste en dañar a terceros (habitualmente hijos, pero también puede ser una mascota) para hacer sufrir a la mujer. Aunque la ley se ha centrado históricamente en los hijos menores, esta sentencia amplía la interpretación al reconocer que una mascota puede ser utilizada como instrumento de violencia vicaria. En este caso, matar a la mascota encajaría claramente en el delito de maltrato animal con resultado de muerte.
4. Precedente jurídico que puede reforzar la protección legal de los animales
El Código Penal español ya tipifica el maltrato animal y, en este caso, amplía su aplicación al conectarlo con otras figuras delictivas - violencia de género y violencia vicaria - para sancionar conductas instrumentales que involucran animales. Este criterio puede sentar precedente para futuros casos similares, reforzando el papel de la justicia en la protección animal cuando su sufrimiento se utiliza como herramienta de violencia.
5. Impulso social y jurídico para avanzar en derechos y bienestar animal
Aunque el ordenamiento español ya reconoce a los animales como seres sintientes, pero esta resolución va un paso más allá: considera que el ataque a una mascota puede ser una forma de violencia instrumental y merecer una respuesta penal más amplia.
Este fallo sirve como mensaje a la sociedad y al sistema judicial de que el maltrato animal es algo grave que puede estar íntimamente ligado a dinámicas de abuso más amplias. Mediante esta sentencia, se reconoce que proteger a los animales de compañía también es defender derechos fundamentales y establecer límites claros frente a la violencia.
6. ¿Por qué es importante para los derechos de los animales?
- Reconoce jurídicamente que el daño a un animal puede formar parte de una estrategia de violencia estructural.
- Refuerza la protección penal cuando el maltrato tiene una finalidad especialmente cruel.
- Consolida la idea de que los animales de compañía forman parte del núcleo afectivo familiar.
- Puede sentar precedente para que en futuros casos similares no se trate el hecho como un simple "daño a la propiedad".
- Aumenta la gravedad con la que se juzgan estos actos.
- Refuerza el reconocimiento del valor intrínseco del animal.
- Visibiliza la relación entre maltrato animal y violencia interpersonal.
Desde una perspectiva más global, esta sentencia conecta dos ámbitos legales - protección animal y protección frente a la violencia de género -, y fortalece ambos, ampliando la protección jurídica de manera bidireccional.